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Si transcurrido el tiempo previsto como duración de cada legislatura no se convocaran elecciones, independientemente del ámbito de que se tratara, coincidiríamos en denunciar que se produce un atentado contra la democracia. Si no solo no se convocan los procesos previstos, sino que los responsables de hacerlo cambiaran las reglas del juego, la agresión contra el estado de derecho sería aun mayor. La situación descrita como hipotética se está produciendo en el marco educativo a propósito de la selección de directores de centros públicos.
Nuestro sistema educativo ha mantenido la participación como principios prioritario, si bien ha sido más fácil la conservación del principio en el marco de las declaraciones, que su concreción en la práctica, especialmente en lo referido a la organización y gobierno de los centros escolares. En este sentido, los cambios que se han producido al amparo de las leyes orgánicas que se han ido sucediendo en los últimos treinta años, han evidenciado la tensión entre elección y selección de directivos para las instituciones escolares. El borrador propuesto por el gobierno de Castilla la Mancha, para sustituir el decreto vigente, confirma e incrementa la tendencia a favor de la selección, aunque mantiene en el discurso, especialmente en el preámbulo, el eco de la participación.
La no convocatoria de proceso de selección de directores en Castilla La Mancha en el curso 2011-12, implica el incumplimiento por la propia administración de la normativa actual que, aunque tenga intención de modificar, permanece vigente.
Las propuestas de modificación revelan, aunque no lo reconocen de manera explícita, un marcado componente ideológico priorizando las funciones de los directivos hacia actuaciones de gestión académica, de la convivencia y de los recursos, pero obviando funciones de estímulo a la innovación y mejora.
El borrador de decreto contradice la participación que predica al reducir el peso del proyecto de dirección en el proceso selectivo, único elemento en el que es posible que participen los representantes de la comunidad escolar. Lo hace también al reducir el número de representantes de la comunidad educativa en la comisión de selección y por el contrario, triplicar el de representantes de la administración con el consiguiente incremento de control externo al propio centro. Limita también la participación al igualar la duración del periodo de mandato de directivos seleccionados de los nombrados con carácter extraordinario.
El borrador, próximo a publicarse, pierde la ocasión de mejorar la dirección escolar (no lo hace en lo referido a su evaluación y formación) y de fomentar la autonomía de los centros. En su lugar, pone de manifiesto cierto tic autoritario del legislador, no solo en la multiplicación de la presencia de la administración en las comisiones de selección, o en el incumplimiento en el curso actual de la norma vigente, a los que ya hemos hecho referencia, sino en la intención de limitar el periodo de dirección de los directivos seleccionados como continuidad en el curso actual como si con ello pudiera borrarse cualquier indicio de que la norma que se incumple y deroga, hubiera existido.
El tema está pasando con más oscuridad mediática que otras decisiones que afectan en estos momentos al sistema educativo y que tienen la inmediatez de haberse presentado asociadas a medidas de ahorro.
Lamentablemente en todos los casos el componente ideológico es clave para deshacer un modelo educativo basado junto a la participación, en la igualdad, en el que no se cree ni probablemente se ha creído nunca.
Ciudad Real. 7 de junio de 2012